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Solicitar un visado para España
en Mexico

Visado de Residencia para Investigación Nacional

Visado para realizar actividades de formación, investigación, desarrollo e innovación en entidades públicas o privadas en los siguientes casos:

  • Personal investigador al que se refieren el artículo 13 y la disposición adicional primera de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación.
  • Personal científico y técnico que lleve a cabo trabajos de investigación científica, desarrollo e innovación tecnológica, en entidades empresariales o centros de establecidos en España.
  • Investigadores acogidos en el marco de un convenio por organismos de investigación públicos o privados.
  • Profesores contratados por universidades, órganos o centros de educación superior e investigación, o escuelas de negocios establecidos en España.
  • También pueden obtener visado los siguientes familiares del investigador:
    El cónyuge o pareja de hecho.
  • Los hijos menores de edad y los mayores de edad que dependan económicamente del investigador y que no hayan constituido por sí mismos una unidad familiar.
  • Los ascendientes que estén a cargo del investigador.

La tarifa de visa revisada y el cargo por servicio de BLS son los siguientes:

Tipo de visa Monto en Peso Mexicano
Adultos 1515.00 MXN
Cuota de Visado para Americanos 1515.00 MXN
Cuota de Visado para Australianos 1515.00 MXN
Cuota de Visado para Británicos 15,794.00 MXN
Cuota de Visado para Canadienses 1515.00 MXN
Cuota por servicio de procesamiento de BLS International 335 MXN
  • La tarifa de visa está sujeta a cambios sin previo aviso
  • La tarifa no es reembolsable
  • Consideré que adicional al costo de la visa, por la autorización inicial de residencia debe realizar un pago de MXN 229.00
DEBE TRAER ORIGINAL DE LOS SIGUIENTES DOCUMENTOS:

"Lista de Verificación"

Nota: lamentamos no poder aceptar fotografías que no cumplan con estos requisitos

Proporcione una fotografía de sí mismo reciente (de no más de 6 meses de antigüedad), que no haya sido utilizada previamente en el pasaporte. La fotografía debe ser en color y:

  • Ha de estar tomada de manera que se distingan los rasgos faciales y la cara contraste con el fondo.
  • Ha de ser clara y mostrar la cara enfocada.
  • Ha de estar impresa en papel de calidad fotográfica normal.
  • Ha de verse completamente la cara, sin sonreír, (sin gafas de sol, sombreros/gorras o cualquier atuendo que la cubra salvo que el solicitante lleve estos por razones religiosas o étnicas)
  • Ha de estar adherida a la solicitud.

Advertencia: Por favor siga estas instrucciones cuidadosamente. Las fotografías presentadas deben coincidir con la fotografía biométrica, de no tener similitud su aplicación será considerada incompleta. El centro de solicitudes cuenta con una cabina fotográfica que cumple estos requisitos y garantiza exactitud en el proceso.

Formulario de Aplicación

Formulario de Solicitud de Visa Nacional