Visado para realizar actividades de formación, investigación, desarrollo e innovación
en entidades públicas o privadas en los siguientes casos:
- Personal investigador al que se refieren el artículo 13 y la disposición
adicional primera de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología
y la Innovación.
- Personal científico y técnico que lleve a cabo trabajos de investigación
científica, desarrollo e innovación tecnológica, en entidades empresariales o
centros de establecidos en España.
- Investigadores acogidos en el marco de un convenio por organismos de
investigación públicos o privados.
- Profesores contratados por universidades, órganos o centros de educación
superior e investigación, o escuelas de negocios establecidos en España.
- También pueden obtener visado los siguientes familiares del investigador:
El cónyuge o pareja de hecho.
- Los hijos menores de edad y los mayores de edad que dependan económicamente del
investigador y que no hayan constituido por sí mismos una unidad familiar.
- Los ascendientes que estén a cargo del investigador.
La tarifa de visa revisada y el cargo por servicio de BLS son los siguientes:
Tipo de visa
|
Monto en Peso Mexicano
|
Adultos |
1,926.00 MXN |
Cuota de Visado para
Americanos |
1,926.00 MXN |
Cuota de Visado para
Australianos |
1,926.00 MXN |
Cuota de Visado para
Británicos |
17,854.00 MXN |
Cuota de Visado para
Canadienses |
1,926.00 MXN |
Cuota por servicio de
procesamiento de BLS
Internacional |
335 MXN |
- La tarifa de visa está sujeta a cambios sin previo aviso
- La tarifa no es reembolsable
- Consideré que adicional al costo de la visa, por la autorización inicial de
residencia debe realizar un pago de MXN 229.00
Nota: lamentamos no poder aceptar fotografías que no cumplan con estos requisitos
Proporcione una fotografía de sí mismo reciente (de no más de 6 meses de antigüedad), que no haya sido utilizada
previamente en el pasaporte. La fotografía debe ser en color y:
- Ha de estar tomada de manera que se distingan los rasgos faciales y la cara contraste con el fondo.
- Ha de ser clara y mostrar la cara enfocada.
- Ha de estar impresa en papel de calidad fotográfica normal.
- Ha de verse completamente la cara, sin sonreír, (sin gafas de sol, sombreros/gorras o cualquier atuendo que la
cubra salvo que el solicitante lleve estos por razones religiosas o étnicas)
- Ha de estar adherida a la solicitud.
Advertencia: Por favor siga estas instrucciones cuidadosamente. Las fotografías presentadas deben coincidir con la
fotografía biométrica, de no tener similitud su aplicación será considerada incompleta. El centro de solicitudes
cuenta con una cabina fotográfica que cumple estos requisitos y garantiza exactitud en el proceso.