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Visados de Transito Aeroportuario

Las siguientes instrucciones son aplicables a los profesionales del sector audiovisual en sentido amplio, entendiendo como tal los artistas, técnicos y profesionales extranjeros que vayan a ejercer actividades enmarcadas en el sector audiovisual, actividades artísticas ante el público o destinadas a la grabación de cualquier tipo para su difusión por medios masivos.

Por lo tanto, las instrucciones son aplicables tanto a los profesionales que realicen actividades destinadas a la grabación (películas, series, anuncios, álbumes, etc.) como a los profesionales que realizan actuaciones ante el público (y los técnicos que les acompañen) aunque no vayan a ser grabadas (teatros, conciertos, ballets, circo, etc.)

Sólo se atenderán solicitudes de esta demarcación consular.

Es necesario solicitar CITA PREVIA online a través la página web de este Consulado Citas para Visados (exteriores.gob.es)

Consulte la tasa que le corresponde.

Lea atentamente los requisitos para su tipo de visado. La no presentación de la documentación requerida podrá comportar la inadmisión a trámite, la denegación del visado o el requerimiento de esta documentación con el consiguiente retraso en la resolución del expediente.

Toda la documentación se entregará en original y copia.

La tarifa de visa revisada y el cargo por servicio de BLS son los siguientes:

Tipo de visa Monto en Peso Mexicano
Adultas 1,926.00 MXN
Niños entre 6-12 años 963.00 MXN
Niños menores de 6 años 0.00 MXN
Cargo por servicio internacional BLS 335 MXN
  • La tarifa de visa está sujeta a cambios sin previo aviso
  • La tarifa no es reembolsable

Documentos necesarios :

El seguro de viaje es obligatorio para viajar a España. Puede obtener su seguro de viaje de cualquier compañía/agente de seguros autorizado o puede hacer clic aquí si desea obtenerlo ahora de Europ Assistance.

"Lista de Verificación"

  • Formulario de solicitud de visado Schengen. DESCARGA DEL FORMULARIO Cada solicitante presentará una solicitud utilizando el formulario oficial, que debe ser completado en todos sus apartados y firmado por el propio solicitante. Si el solicitante es menor de edad, firmará la solicitud uno de sus progenitores.
    Para menores que viajan sin los padres: se requiere acta notarial y pasaporte de los padres así como certificado de nacimiento del menor apostillado. Para menores que viajan sin uno de los padres: se requiere acta notarial del progenitor que no viaja; pasaporte de los padres así como certificado de nacimiento del menor apostillado.
  • Fotografía. Una fotografía reciente, tamaño carné, a color, con fondo claro, tomada de frente, sin gafas oscuras, ni reflejos, ni prendas que oculten el óvalo de la cara. En la fotografía de un menor de edad no deben verse partes del cuerpo del adulto que lo sostiene.
  • Pasaporte válido y en vigor. Original y una fotocopia de la página o páginas con datos biométricos del pasaporte. Presentar fotocopia de todas las páginas. El pasaporte deberá entregarse al realizar el trámite, quedando bajo custodia del Consulado General hasta la resolución de su solicitud de visado. El pasaporte deberá ser válido, como mínimo, hasta 3 meses después de la fecha prevista de salida del territorio Schengen. Deberá tener, al menos, dos páginas en blanco. No se admiten pasaportes expecidos hace más 10 años.
  • Abono de la tasa de visado. Se establecen tasas para visados Schengen, aplicables exclusivamente a los nacionales de países sujetos a visado para el cruce de fronteras Schengen (no aplicable consecuentemente a ciudadanos mexicanos). Circunscrito a actividades no laborales para estancias no superiores a tres meses. Consulte en el siguiente enlace la tasa correspondiente y la forma de pago de la misma.
  • Documentos relativos a la continuación del viaje hasta el destino final tras el tránsito previsto. Se aportará prueba del viaje con escala internacional en algún aeropuerto de España o país representado por España, así como de los permisos de entrada necesarios para el país de destino y las escalas intermedias.
  • Documentos que permitan establecer la intención del solicitante de no entrar en el territorio de los Estados miembros.
  • Prueba de residencia en la demarcación consular. El interesado deberá acreditar con algún documento oficial que reside en la demarcación de este Consulado General. Puede hacerlo con la credencial de elector INE/IFE o tarjeta de residencia para los extranjeros.

Cuando sea necesario para valorar la solicitud, la Oficina Consular podrá solicitar documento o datos adicionales y también podrá convocar al solicitante a una entrevista personal.

El cumplimiento de los requisitos establecidos en los apartados 1, 2, 3 y 4 es indispensable para la admisibilidad de una solicitud.

Nota: lamentamos no poder aceptar fotografías que no cumplan con estos requisitos

Proporcione una fotografía de sí mismo reciente (de no más de 6 meses de antigüedad), que no haya sido utilizada previamente en el pasaporte. La fotografía debe ser en color y:

  • Ha de estar tomada de manera que se distingan los rasgos faciales y la cara contraste con el fondo.
  • Ha de ser clara y mostrar la cara enfocada.
  • Ha de estar impresa en papel de calidad fotográfica normal.
  • Ha de verse completamente la cara, sin sonreír, (sin gafas de sol, sombreros/gorras o cualquier atuendo que la cubra salvo que el solicitante lleve estos por razones religiosas o étnicas)
  • Ha de estar adherida a la solicitud.

Advertencia: Por favor siga estas instrucciones cuidadosamente. Las fotografías presentadas deben coincidir con la fotografía biométrica, de no tener similitud su aplicación será considerada incompleta. El centro de solicitudes cuenta con una cabina fotográfica que cumple estos requisitos y garantiza exactitud en el proceso.

Formulario de Aplicación:

Formulario Solicitud de Visado Schengen