Las siguientes instrucciones son aplicables a los profesionales del sector
audiovisual en sentido amplio, entendiendo como tal los artistas, técnicos y
profesionales extranjeros que vayan a ejercer actividades enmarcadas en el sector
audiovisual, actividades artísticas ante el público o destinadas a la grabación de
cualquier tipo para su difusión por medios masivos.
Por lo tanto, las instrucciones son aplicables tanto a los profesionales que realicen
actividades destinadas a la grabación (películas, series, anuncios, álbumes, etc.)
como a los profesionales que realizan actuaciones ante el público (y los técnicos
que les acompañen) aunque no vayan a ser grabadas (teatros, conciertos, ballets,
circo, etc.)
Sólo se atenderán solicitudes de esta demarcación consular.
Es necesario solicitar CITA PREVIA online a través la página web de este Consulado Citas
para Visados (exteriores.gob.es)
Consulte la tasa que le corresponde.
Lea atentamente los requisitos para su tipo de visado. La no presentación de la
documentación requerida podrá comportar la inadmisión a trámite, la denegación
del visado o el requerimiento de esta documentación con el consiguiente retraso
en la resolución del expediente.
Toda la documentación se entregará en original y copia.
La tarifa de visa revisada y el cargo por servicio de BLS son los siguientes:
Tipo de visa |
Monto en Peso Mexicano |
Adultas |
1,926.00 MXN |
Niños entre 6-12 años |
963.00 MXN |
Niños menores de 6 años |
0.00 MXN |
Cargo por servicio internacional BLS |
335 MXN |
- La tarifa de visa está sujeta a cambios sin previo aviso
- La tarifa no es reembolsable
Documentos necesarios :
El seguro de viaje es obligatorio para viajar a España. Puede obtener su seguro de
viaje de cualquier compañía/agente de seguros autorizado o puede hacer clic aquí si desea obtenerlo
ahora de Europ Assistance.
"Lista de
Verificación"
- Formulario de solicitud de visado Schengen. DESCARGA DEL FORMULARIO Cada solicitante presentará una
solicitud utilizando el formulario oficial, que debe ser completado en todos sus
apartados y firmado por el propio solicitante. Si el solicitante es menor de
edad, firmará la solicitud uno de sus progenitores.
Para menores que viajan sin los padres: se requiere acta notarial y pasaporte de
los padres así como certificado de nacimiento del menor apostillado. Para
menores que viajan sin uno de los padres: se requiere acta notarial del
progenitor que no viaja; pasaporte de los padres así como certificado de
nacimiento del menor apostillado.
- Fotografía. Una fotografía reciente, tamaño carné, a color, con fondo
claro, tomada de frente, sin gafas oscuras, ni reflejos, ni prendas que oculten
el óvalo de la cara. En la fotografía de un menor de edad no deben verse partes
del cuerpo del adulto que lo sostiene.
- Pasaporte válido y en vigor. Original y una fotocopia de la página o
páginas con datos biométricos del pasaporte. Presentar fotocopia de todas las
páginas. El pasaporte deberá entregarse al realizar el trámite, quedando bajo
custodia del Consulado General hasta la resolución de su solicitud de visado. El
pasaporte deberá ser válido, como mínimo, hasta 3 meses después de la fecha
prevista de salida del territorio Schengen. Deberá tener, al menos, dos páginas
en blanco. No se admiten pasaportes expecidos hace más 10 años.
- Abono de la tasa de visado. Se establecen tasas para visados Schengen,
aplicables exclusivamente a los nacionales de países sujetos a visado para el
cruce de fronteras Schengen (no aplicable consecuentemente a ciudadanos
mexicanos). Circunscrito a actividades no laborales para estancias no superiores
a tres meses. Consulte en el siguiente enlace la tasa correspondiente y la forma
de pago de la misma.
- Documentos relativos a la continuación del viaje hasta el destino final tras
el tránsito previsto. Se aportará prueba del viaje con escala
internacional en algún aeropuerto de España o país representado por España, así
como de los permisos de entrada necesarios para el país de destino y las escalas
intermedias.
- Documentos que permitan establecer la intención del solicitante de no entrar
en el territorio de los Estados miembros.
- Prueba de residencia en la demarcación consular. El interesado deberá
acreditar con algún documento oficial que reside en la demarcación de este
Consulado General. Puede hacerlo con la credencial de elector INE/IFE o tarjeta
de residencia para los extranjeros.
Cuando sea necesario para valorar la solicitud, la Oficina Consular podrá solicitar
documento o datos adicionales y también podrá convocar al solicitante a una
entrevista personal.
El cumplimiento de los requisitos establecidos en los apartados 1, 2, 3 y 4 es
indispensable para la admisibilidad de una solicitud.
Nota: lamentamos no poder aceptar fotografías que no cumplan con estos requisitos
Proporcione una fotografía de sí mismo reciente (de no más de 6 meses de antigüedad), que no haya sido utilizada
previamente en el pasaporte. La fotografía debe ser en color y:
- Ha de estar tomada de manera que se distingan los rasgos faciales y la cara contraste con el fondo.
- Ha de ser clara y mostrar la cara enfocada.
- Ha de estar impresa en papel de calidad fotográfica normal.
- Ha de verse completamente la cara, sin sonreír, (sin gafas de sol, sombreros/gorras o cualquier atuendo que la
cubra salvo que el solicitante lleve estos por razones religiosas o étnicas)
- Ha de estar adherida a la solicitud.
Advertencia: Por favor siga estas instrucciones cuidadosamente. Las fotografías presentadas deben coincidir con la
fotografía biométrica, de no tener similitud su aplicación será considerada incompleta. El centro de solicitudes
cuenta con una cabina fotográfica que cumple estos requisitos y garantiza exactitud en el proceso.